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El Consejo de Ministros aprueba el Plan Director de la Cooperación Española para los años 2024-2027 y el nuevo Estatuto de las Personas Cooperantes

29 de Xullo de 2024

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ha aprobado el Plan Director de la Cooperación Española para los años 2024-2027, que contiene los objetivos y prioridades que orientarán la actuación de la cooperación internacional para el desarrollo sostenible para los próximos años. También ha aprobado el Real Decreto del Estatuto de las Personas Cooperantes, que redefine el marco laboral y social de este colectivo, garantizando una carrera profesional digna y protegiendo sus condiciones laborales. Son los primeros hitos del despliegue de la nueva Ley de Cooperación aprobada en 2023.

El ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, ha destacado que “el año pasado fue histórico al aprobarse una ley de cooperación que da cuenta de la transversalidad de esta política pública. Con ese texto desplegamos una reforma amplia y profunda de la cooperación que a tenido continuidad en la aprobación del Plan Director, un documento que se aprueba tras un largo proceso participativo con la sociedad civil, las Comunidades Autónomas, los entes locales y los grupos parlamentarios”.

Plan Director de la Cooperación Española 2024-2027

Sobre el Plan Director, el ministro Albares ha explicado que “en primer lugar, apuntala el compromiso de alcanzar el 0,7 % de la Renta Nacional Bruta en Ayuda Oficial al Desarrollo para el año 2030. Una reivindicación histórica de la sociedad española. En segundo lugar, este Plan incluye por primera vez al África Occidental y el Sahel como una de sus regiones prioritarias, junto a la tradicional y permanente relevancia de América Latina. Vamos a prestar aún más atención al África Subsahariana con un acento particular en la creación de oportunidades, de trabajo y formación para los jóvenes y en la atención y protección de los derechos de las mujeres”.

En coherencia con lo anterior, y en línea con la Agenda 2030, nos fijamos como objetivo promover una triple transición social, económica y ecológica. La lucha contra el hambre, contra el cambio climático, la educación, el acceso al agua y el avance en los derechos de mujeres y niñas son los sectores prioritarios del nuevo Plan Director. Finalmente, este nuevo Plan Director integra la reforma del sistema de Cooperación Española y sirve de guía para su desarrollo señalando hojas de ruta específicas con los diferentes actores del sistema de cooperación: ONGDs, sindicatos, universidades, Comunidades Autónomas y entes locales. En el centro de la reforma del sistema se sitúa la AECID que, gracias a su nuevo Estatuto que aprobaremos después del verano, reforzará su papel como piedra angular del sistema en la coordinación operativa de actores y la generación de alianzas”, ha detallado.

Nuevo Estatuto de las Personas Cooperantes

La nueva norma, que sustituye a la de 2006, incorpora varias novedades para las y los 2.600 cooperantes españoles, como la ampliación del marco de aplicación, la mejora de los derechos de las personas cooperantes y sus familias y el refuerzo de los deberes de las personas cooperantes y de las entidades promotoras. Además, se establecen medidas para promover la formación y el desarrollo profesional de las personas cooperantes, así como para facilitar su reincorporación una vez finalizada su misión internacional.

En cuanto a derechos, confirma la garantía de un seguro colectivo concertado por la AECID (Agencia Española de Cooperación Internacional y Desarrollo) que, como novedad, extiende su cobertura al/la cónyuge del cooperante o persona que mantenga una relación análoga, a sus descendientes y ascendientes, en el caso de que dependan del mismo, hasta el primer grado de consanguineidad o afinidad, siempre que no estuvieran cubiertos por el régimen de protección correspondiente.

Sobre los deberes, el nuevo estatuto obliga a las entidades promotoras a dar a las y los cooperantes una formación previa a la incorporación al puesto y a contar con un plan de formación. El estatuto crea una categoría específica de cooperante en el SEPE (Servicio Público de Empleo).

El papel de la cooperación municipalista

Desde la Confederación de Fondos de Cooperación y Solidaridad (CONFOCOS) celebramos el reconocimiento expreso de los entes locales como agentes de cooperación tal y como contempla laLey 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Cooperación Global, en su artículo 35. Una ley que además en su artículo 37 considera el papel del municipalismo en el sistema de la cooperación española para el desarrollo sostenible y la solidaridad, mencionando que la cooperación ejercida por las entidades locales podrá ejercerse también a través de los fondos municipales de cooperación.

Desde la CONFOCOS estamos convencidos/as del avance que supone la nueva ley y por ende el avance que suponen tanto el VI Plan Director, como el Estatuto de las Personas Cooperantes en el camino hacia un desarrollo global más participado, más sostenible, más equitativo y más justo. Seguimos reivindicando el papel de la cooperación descentralizada municipalista como parte de la estructura de estado y como herramienta imprescindible para afrontar los retos globales. Lo decimos y practicamos desde hace tiempo, lo local es global y es que las soluciones a las grandes crisis de la humanidad siguen principios comunes.